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FUENTES FORMALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN MÉXICO

 LA CONSTITUCIÓN

En ella en el artículo 123 Constitucional apartado A fracción XXIX se establece: “Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares”.

De la anterior disposición se autoriza la creación de la Ley del Seguro Social la cual crea el Instituto Mexicano del Seguro Social como instrumento básico de la Seguridad Social.

LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

Es la fuente más importante de la Seguridad Social en nuestro país, como consecuencia de ella tienen sustento y se han establecido las demás instituciones de seguridad social, como se desprende de la lectura en su artículo 4.

“Artículo 4. El Seguro Social es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional en los términos de esta Ley, sin perjuicio de los sistemas instituidos por otros ordenamientos”.

 CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Acorde a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley del Seguro Social el cual nos señala: “…la organización y administración del Seguro Social,…están a cargo del…Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual tiene también el carácter de organismo fiscal autónomo…”, aquí le concede al IMSS, además de los atributos de organización y administración, el de fiscalización, dándole plena autonomía para actuar.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO

Esta Ley se complementa con la del Seguro Social, que otorga seguridad social a los trabajadores al servicio del Estado Federal.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

En los mismos términos que la anterior, esta Ley otorga seguridad social a los miembros que integran el Ejército Mexicano.

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

Esta Ley fue creada para que por medio de su Instituto permita a los trabajadores obtener créditos baratos y suficientes para tener una vivienda digna.

LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

Tiene por objeto regular el funcionamiento de los sistemas de ahorro para el retiro de sus contribuyentes previstos en las leyes, del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

REGLAMENTOS INTERNOS Y RELATIVOS A LA SEGURIDAD SOCIAL QUE RIGEN PARA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Los reglamentos a diferencia de las demás normas no siguen el proceso legislativo, pues esta facultad ha sido autorizado previamente por la norma originaria la que autoriza al ejecutivo para crear reglamentos, con el objeto fundamental de que en la vía administrativa se procure la exacta observancia de las leyes que expida el congreso de la unión. Esta facultad del Presidente de la República aparece de la lectura del artículo 89, fracción I de la Constitución. Así tenemos que los reglamentos obligatorios para el Instituto Mexicano del Seguro social tanto internos como en materia de salud y de seguridad social son entre otros:

REGLAMENTO DEL SEGURO OBLIGATORIO PARA LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO. Impone la obligación a los patrones que contraten a este tipo de trabajadores a inscribirlos en el régimen obligatorio conforme el artículo 12, fracción III y 15, fracción VI de la Ley del Seguro Social.

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. Contiene en la vía administrativa las facultades de sus órganos internos.

REGLAMENTO DE PRESTACIONES MÉDICAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. Establece las normas para la prestación de los servicios médicos a los receptores del servicio, así como lo relativo a la educación e investigación para la salud.

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GUARDERÍA. Expedido por el Consejo Técnico, señala los requisitos que se deben cubrir para recibir el servicio de guardería.

REGLAMENTO DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD. Crea las bases procedimentales de procedencia, trámite y resolución a seguir ante los Consejos Consultivos cuando se impugna internamente una determinación que afecten los intereses del recurrente.

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN. Impone las reglas para el régimen obligatorio de inscripción de patrones y trabajadores; para la incorporación y continuación; para el pago de cuotas, capitales constitutivos, actualizaciones y recargos; para la clasificación de empresas y determinación de primas de coberturas por incidencia de riesgos; para fiscalizar el cumplimiento de obligaciones y de imposiciones de medidas correctivas y sanciones.

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA. Señala el conjunto de servicios y recursos que deben proporcionarse a toda la población que lo solicite, con el fin de proteger y promover y restaurar su salud.

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. Su objetivo es establecer que el Sistema Nacional de Salud sea el enlace entre los sectores público, social y privado en la protección de la salud, a través de mecanismos de coordinación y concertación.

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE QUEJAS MÉDICAS Y GESTIÓN PERICIAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE MÉDICO. Marca la instancia y procedimiento por las quejas de los derechohabientes por las faltas y responsabilidades médicas del personal del Instituto.

REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. Señala los procedimientos para las quejas y denuncias ante la dependencia por la deficiencia de los demás servicios.

 ACUERDOS DEL CONSEJO TÉCNICO

Son los resultados de los actos administrativos del Consejo Técnico en el ejercicio de sus facultades y funciones establecidas en la Ley. Estos pueden ser internos cuando van dirigidos a sus órganos en función administrativa; externos si van dirigidos a particulares y terceros en sus relaciones con el Instituto; y mixtos cuando aplica en su conjunto a particulares y autoridades.

 RESOLUCIONES INSTITUCIONALES

Son aquellas que dan fin de manera interna el recurso de inconformidad, como consecuencia de su interposición por impugnación de las determinaciones de los diversos órganos del Instituto.

 JURISPRUDENCIA

Siendo el medio legal de interpretación de las normas en nuestro país, por medio de la Jurisprudencia se establecen y unifican los criterios en la materia, que como consecuencia de las controversias se tramitaron ante las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje y los Tribunales Federales de Justicia fiscal y Administrativa.

 TRATADOS INTERNACIONALES

Los tratados internacionales como fuente de la seguridad social son aquellos que nuestro país ha celebrado en la materia con las organizaciones internacionales ONU, OEA, OIT y la OMS. Para que dichos tratados puedan ser obligatorios tendrán que cumplir las exigencias del artículo 133 Constitucional, en cuanto sean celebrados por el Presidente de la República, con aprobación del Senado.

2 Comments

  1. Los articulos son de gran utilidad, muchas gracias

  2. felicidades por su aportacion a la cultura del trabajo


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